Según dónde se actúe y el tipo de actuación el importe subvencionable puede alcanzar hasta un 55% de la inversión.

El plazo para presentar las solicitudes va desde el 2 de enero hasta el 31 de julio de 2021.

Se trata de ayudas para propietarios de viviendas unifamiliares o edificios de viviendas y comunidades de personas propietarias o agrupaciones de propietarios/comunidades. Ha de actuarse sobre edificios completos de uso vivienda, viviendas unifamiliares o viviendas individuales en edificios de viviendas.

Se consideran subvencionables aquellas actuaciones de mejora de la eficiencia energética que cumplan los requisitos y alcancen una reducción del consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono; lo que supondrá un ahorro económico para el usuario. Los gastos de gestión también son subvencionables.

TIPO 1. Mejora de la envolvente térmica.

                           – Colocar aislamiento en fachada por el exterior.

                           – Colocar aislamiento en fachada por el interior.

                           – Colocación de aislamiento en cubiertas.

                           – Sustitución de ventanas.

TIPO 2. Mejora de las instalaciones térmicas.

                           – Instalación o sustitución por instalaciones de alta eficiencia

                           (energía solar, calderas de pellets, biomasa, geotermia, etc.)

TIPO 3. Mejora de las instalaciones de iluminación.

                           – Sustitución de instalaciones por otras de alta eficiencia.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2020/20201106/AnuncioC3Q2-291020-0002_gl.html

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-9273